AMLO firmó decreto para revocar autorizaciones de maíz transgénico; se permitirá su uso industrial

El Gobierno de México ordenó revocar permisos y no conceder nuevas autorizaciones de liberación al ambiente de semillas de maíz genéticamente modificado, según un decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la tarde de este lunes 13 de febrero. La acción se dio en medio de una disputa con Estados Unidos sobre el comercio de dicho producto.
De acuerdo a la información con la que se cuenta, el decreto ordena a las autoridades de bioseguridad revocar y negar otorgar autorizaciones para el uso de grano de maíz genéticamente modificado para la alimentación humana.
El documento, que sustituye a un polémico decreto de finales del 2020, establece también anular autorizaciones existentes de permisos para la importación, producción, distribución y uso del herbicida glifosato y que se nieguen nuevas.

El nuevo decreto, firmado por el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO), entrará en vigor el próximo martes 14 tras su publicación en el Diario Oficial, mismo que estableció que el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt) coordinará las investigaciones científicas para lograr que se prescinda el uso de glifosato.
Aunado a lo anterior, se instruyó tanto a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER) como a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) a promover alternativas al glisofato, con el fin de que, de la mano con las investigaciones antes mencionadas, se elimine el uso de tal químico.
Pese a lo anterior, el decreto publicado en el DOF estableció que, mientras se logra la sustitución del maíz genético, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) podrá autorizar que se utilice en alimentos para animales, así como en alimentación humana “previamente industrializada”.
“En tanto se logra la sustitución referida en el párrafo que antecede, la Cofepris podrá otorgar autorizaciones de maíz genéticamente modificado para la alimentación animal y de uso industrial para alimentación humana, siendo responsabilidad de quien lo utilice en México que no tenga el destino previsto en la fracción III del artículo segundo”, se pudo leer en el artículo 7° del decreto.
*Con información de la agencia Reuters
Fuente: Infobae